FIJA MONTO MÁXIMO PARA OBRAS SIN INTERVENCIÓ DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS D.S N° 12 del 11.0

Los Servicios Públicos que, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, deben operar en cuanto a construcciones a través del Ministerio de Obras Públicas, podrán contratarlas directamente, sin intervención de dicho Ministerio, según se trate de las siguientes Iniciativas de Inversión para los procesos y montos que se indican a continuación:

  • Ampliaciones, Mejoramientos, Reparaciones, Habilitaciones y Conservaciones, por montos no superiores a 27.000 Unidades Tributarias Mensuales.
  • Reparaciones y Habilitaciones, por montos mayores a 27.000 Unidades Tributarias Mensuales, pero que no superen un 30% del monto de Reposición del inmueble.
  • Normalizaciones, que no superen un 30% del monto de Reposición del inmueble.
  • Construcciones, Reposiciones y Restauraciones, por montos no superiores a 3.000 Unidades Tributarias Mensuales.

Muchos Servicios Públicos sin experiencia podrán optar a esta posibilidad- Disponga de Asesoría- Gilda Zumelzu Delgado